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Medidas Paterno Filiales

¿Quiere vender un proindiviso?

 

 

Si no consigue ponerse de acuerdo con el resto de  copropietarios del proindiviso  pueden vender su porcentaje de propiedad a un tercero. Es un acto legal , según el artículo 400 del Código Civil “ningún copropietario estará obligado a permanecer en la comunidad".

Cada uno de ellos podrá pedir en cualquier tiempo que se divida la cosa común. Esto no obstante, será válido el pacto de conservar la cosa indivisa por tiempo determinado, que no exceda de diez años. Este plazo podrá prorrogarse por nueva convención.” Dicha compraventa se realizaría en una Notaría.

Si no consigue llegar a un acuerdo con el resto de los condóminos y ha decido que quiere vender su cuota a un tercero llámenos sin compromiso y buscaremos el mejor inversor para usted. Pago al contado, máxima seriedad y confidencialidad. Solo cobramos si logramos cerrar la operación. Nuestros servicios incluyen la tramitación de impuestos, plusvalía municipal y la declaración de la renta correspondiente.

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